El pasado 8 de junio, el Ministerio de la Protección Social expidió el decreto 2025, el cual es uno de los decretos reglamentarios expedidos de la LEY 1429 " DE FORMALIZACIÓN Y GENERACIÓN DE EMPLEO ", sancionada en diciembre de 2010, y la cual dentro de sus apartes en el articulo 63 buscó generar una clara eliminación de las formas de tercerización y encubrimiento de las relaciones laborales que ejercen las Cooperativas de Trabajo Asociado CTA´s.
De igual forma, este decreto y por orden de la ley 1429, obliga a hacer reformas a otras dos leyes, como son la ley 79 de 1988 y la ley 1233 de 2008, la primera que actualizó en su momento lo relacionado a la legislación cooperativa y la segunda que busco que lo trabajadores que se encontraran vinculados por medio de las CTA´s, tuvieran la protección del sistema de seguridad social, incluyendo la parafiscalidad.
El articulo 63 de la ley 1429, no promueve la eliminación de las Cooperativas, como lo establecen algunos críticos; en su esencia lo que busca es que este tipo de Cooperativas que han distorsionado su razón de ser y su objetivo social, no sigan siendo instrumentos de intermediación y tercerización laboral, en las cuales por pertenecer a un régimen de economía solidaria y no laboral, encubre la relación laboral con la propia Cooperativa y con terceros, afectando de manera significativa a los trabajadores.
Este decreto entonces establece en su contenido tres grandes aspectos:
- Definir de manera clara algunos conceptos establecidos en la ley, como "actividad misional permanente", "intermediación laboral" entre otros.
- Describir de manera explicita las motivos por los cuales se aplicarán las sanciones establecidas en la ley, donde se incluyen aspectos como las sanciones monetarias y la iniciación de procesos de liquidación a las CTA´s que hagan intermediación, así como las sanciones disciplinarias a los funcionarios públicos que contraten con este tipo de cooperativas y se demuestre la intermediación.
- Por ultimo, promueve beneficios de rebaja en las sanciones monetarias, a quienes tengan trabajadores por CTA´s y lo conviertan en trabajadores directos con Contratos a termino indefinido.

Esta reglamentación junto con otras que vienen siendo expendida por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, son los instrumentos de desarrollo de esta ley, que desde su iniciativa busca avanzar en el desarrollo de la locomotora del empleo, generando y formalizando empleo durante este cuatrienio.
Esperemos que con los compromisos desarrollados en el pacto laboral firmado por el Gobierno Nacional y algunas de las Centrales Sindicales este año, donde uno de sus puntos es fortalecer cuantitativa y cualitativamente la inspección en el trabajo, este decreto se pueda desarrollar efectivamente, pues son los inspectores, desde sus obligaciones administrativas, quienes harán la respectiva verificación de estas Instituciones de la Economía Solidaria, así como la imposición de las sanciones correspondientes por su equivocado funcionamiento.
OCTAVIO RUBIO RENGIFO